¿Sabes qué normas debe de cumplir tu empresa tequilera ante el gobierno?
¿Qué es el tequila?
Se define como bebida alcohólica regional obtenida por destilación de mostos, preparados directa y originalmente del material extraído, en las instalaciones de la fábrica de un Productor Autorizado la cual debe estar ubicada en el territorio comprendido en la Declaración, derivados de las cabezas de Agave tequilana weber variedad azul, previa o posteriormente hidrolizadas o cocidas, y sometidos a fermentación alcohólica con levaduras, cultivadas o no, siendo susceptibles los mostos de ser enriquecidos y mezclados conjuntamente en la formulación con otros azúcares hasta en una proporción no mayor de 49% de azúcares reductores totales expresados en unidades de masa, en los términos establecidos por esta NOM y en la inteligencia que no están permitidas las mezclas en frío. El Tequila es un líquido que, de acuerdo a su clase, es incoloro o coloreado cuando es madurado o cuando es abocado sin madurarlo.
En México se tienen establecidas normas para proteger la industria del tequila y preservar nuestros ecosistemas, en ANASA te podemos ayudar con las siguientes normas para los análisis de agua:
- NOM-001-SEMARNAT-1996: Es de observancia obligatoria para los responsables de las descargas de aguas residuales y establece los límites máximos permisibles de contaminantes que se ejecuten en cualquier tipo de cuerpo receptor propiedad de la Nación.
- NOM-127-SSA1-1994: Esta Norma Oficial Mexicana establece los límites permisibles de calidad y los tratamientos de potabilización del agua para uso y consumo humano. Es aplicable a todos los sistemas de abastecimiento públicos y privados y a cualquier persona física o moral que la distribuya, en todo el territorio nacional.
- NOM-004-SEMARNAT-2002: Es de observancia obligatoria para todas las personas físicas y morales que generen lodos y biosólidos provenientes del desazolve de los sistemas de alcantarillado urbano o municipal, de las plantas potabilizadoras y de las plantas de tratamiento de aguas residuales.
- Estudios CRIT (corrosivo, reactivo, inflamable y tóxico): Establece las características de los residuos peligrosos, el listado de los mismos y los límites que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al ambiente. Es de observancia obligatoria en la definición y clasificación de residuos peligrosos, con base en la: NOM-052-SEMARNAT-1993
En ANASA contamos con los equipos y acreditaciones que necesitas para realizar de forma eficaz tus análisis de agua, con más de 20 años de experiencia, se destaca como una opción confiable.
Contáctanos.
Tel: 3314252594.